SEGURO COLECTIVO DE SALUD SANTA FE

PLAN FAMILIAR

¿Qué es el Plan Familiar?

Es un seguro de servicios médicos y hospitalarios diseñado para personas menores de 60 años y sus familias. El plan brinda amplia protección contra los gastos imprevistos de salud a un costo  bajo. Tiene cobertura de $50,000.00 anual por persona y $ 500,000.00 vitalicio.

¿Cómo funciona el seguro?

Al inscribirse en el seguro completando la solicitud y pasando por los requisitos de asegurabilidad, usted y sus dependientes se convierten en asegurados del Plan Familiar, una vez pagada la primera prima del seguro a los pocos días usted recibirá su póliza de seguro y carnet con el cual podrán utilizar los servicios hospitalarios únicamente mostrando el carnet que lo identifica.

¿Quiénes brindan los servicios del plan Familiar?

Los servicios médicos  son ofrecidos por más de 300  médicos especialistas idóneos. Además el Plan Familiar pone a su disposición todos los servicios hospitalarios del Hospital Santa Fe.

¿Quiénes son elegibles para inscribirse en el plan familiar?

El solicitante o titular de la Póliza debe tener menor de 60 años y debe completar la solicitud de seguros  y una declaración de salud para cada miembro de la familia que se va  inscribir en el Plan. Si el solicitante tiene 35 años o más deberá someterse a un examen médico completo.

¿Qué servicios ofrece el Plan Familiar?

  1. En el momento que el asegurado requiera algún tipo de servicio medico, podrá consultar con la Aseguradora o en los lugares o teléfonos que ésta designa, las condiciones de la cobertura de acuerdo al Cuadro de Beneficios incluido en las Condiciones Particulares de la Póliza y cuáles son los prestadores habilitados para prestar tal servicio.
  2. El asegurado podrá asistir directamente al Hospital Santa Fe, donde se le indicará la disponibilidad del servicio requerido y las condiciones de cobertura de acuerdo  al Cuadro de Beneficios del Plan Contratado.
  3. Cuando al Asegurado le sea recomendado un  tratamiento que incluya algún servicio que requiera autorización previa para que su prestación sea reconocida como cubierta por el plan según se indique en el Cuadro de Beneficios,  deberá presentarse en la oficinas de la Compañía o los lugares que ésta indique, o comunicarse vía telefónica a los números indicados en el Cuadro de Beneficios para autorizar y coordinar la prestación de tales servicios. La Dirección Médica de la Compañía podrá ordenar una segunda opinión médica para corroborar el diagnóstico y el tratamiento recomendado sin costo para el Asegurado.
  4. El Asegurado deberá presentar formulario autorizado para poder acceder a los servicios cubiertos y estarán a su cargo el copago  que le corresponda al servicio prestado según se especifica en el Cuadro de Beneficios y Condiciones Particulares.
  5. El plan ofrece servicios hospitalarios y médicos, incluyendo consultas medicas, cirugías, partos, neonatología, urgencias, exámenes de laboratorio, rayos x y fisioterapia.
  6. Se ofrece servicios médicos y hospitalarios para casi todas las condiciones y enfermedades que se manifiesten y sean tratadas por primera vez después de haber sido aprobado como asegurado o su dependiente.

¿Cuánto cuesta pertenecer al plan Familiar?

RANGO DE EDAD   PRIMA
00-19 34.83
20-29 46.92
30-39 59.27
40-49 70.97
50-59 86.33
*57 o más 73.38
Un hijo 25.00
Dos o tres hijos 50.00
Hasta un máximo de tres hijos
*La prima presentada incluye el 15% de descuento de jubilado para mujeres
*Las primas presentadas no incluyen el impuesto del 5%

Los pagos de las primas podrán efectuarse en la caja del Hospital Santa Fe, en cualquier sucursal de Banistmo o mediante  descuentos automáticos ACH o tarjeta de crédito.

Para el pago de todas las primas, excepto la primera, se concede un plazo de gracia de 30 días, el cual será contado a partir del primer día del mes de cobertura no pagado, de acuerdo a la forma de pago convenida. Durante este plazo la póliza permanecerá vigente y se enviará al contratante notificación por escrito a la última dirección registrada en la póliza.

Cuando el contratante haya efectuado el pago de la primera fracción de la prima y se atrase por más del término del periodo de gracia estipulado en el pago de alguna de las fracciones de prima subsiguientes, conforme al calendario de pago establecido, se entenderá que ha incurrido en incumplimiento de pago, lo que tiene el efecto jurídico inmediato de suspender la cobertura de la póliza hasta por sesenta  (60) días.

La Prima y demás condiciones de este seguro se garantizan por la vigencia de este contrato. La compañía podrá modificar la Prima o Condiciones  Particulares de esta cobertura en cada fecha de Renovación. En caso que la Compañía desee introducir modificaciones, deberá informar al Asegurado o Contratante de tales cambios con una anterioridad de 30 días previos a la fecha de renovación. Cualquier modificación o ajuste de prima deberá estar sujeta a los valores máximos de los parámetros aprobados por la Superintendencia de Seguros.

¿Cuáles son los Co-pagos necesarios para recibir los servicios Médicos y Hospitalarios?

Estarán siempre a cargo del asegurado los montos de copago  que le correspondan al servicio prestado de acuerdo a los especificados en el Cuadro de Beneficios. En el mismo  se indica los procedimientos y copagos respectivos, sin embargo, para su información detallamos los más utilizados:

SERVICIOS   COPAGO
Medicina general 5.00
Especialista 15.00
Consulta con médico  psiquiatra 20.00
Electrocardiograma 15.00
Laboratorio y rayos x 25%
Cat 50%
Urgencia 50.00
Cirugía ambulatoria 200.00
Ambulancia (únicamente transporte área metropolitana) 50.00
Parto normal 350.00
Cesárea 500.00
Accidente no paga
Hospitalización 300.00  ingreso
 (20% de todos los gastos después del sexto día)

Los exámenes de laboratorio y rayos x como paciente ambulatorio siempre deben ser ordenados por un medico afiliado que haya visto al asegurado en consulta médica.

Los medicamentos los podrá adquirir en la farmacia del Hospital Santa Fe con 20% de descuento.

Los procedimientos especiales, hospitalizaciones y cirugías ambulatorias requieren pre-autorización por la Dirección Médica de la Aseguradora.

¿Qué limitaciones tiene el plan?

El Asegurado debe esperar dos (2) años para recibir los servicios de Cirugía para algunas condiciones médicas, tales como hernias y cataratas. No se darán servicios para las condiciones pre-existentes. No se darán servicios  de hospitalización para los embarazos o complicaciones de embarazo concebidos antes del decimotercer mes de vigencia de la entrada de la asegurada. Solamente se pueden inscribir y permanecer en el plan los asegurados principales y sus cónyuges que no hayan cumplido los 60 años y los hijos dependientes que no hayan cumplido los 19 años. En caso de tener mas de 60 años las personas podrán optar por el plan de Seguros de la Tercera Edad y los hijos dependientes que tengan  más   de 19 años podrán optar por su seguro independiente familiar, pero como titular.

¿Cómo puedo inscribirme en el plan familiar?

Ir a las instalaciones del Hospital Santa Fe o llamar al  360-7400/227-4733  extensión 233, 240, 270 y llenar la solicitud de seguros. Una vez completado el formulario de solicitud de seguros, hacer el examen médico y llenar la declaración de salud, se debe abonar la prima correspondiente al primer mes de cobertura, una vez evaluada su solicitud de ser aceptada se emitirá la póliza y el carnet, con lo cual se podrá utilizar todos los servicios médicos y hospitalarios al primer día del mes siguiente a la emisión de la póliza. En caso de no ser aceptada la solicitud del aplicante, se devolverá el abono realizado.

Iniciar Consulta
1
¿Cómo podemos ayudarte?
Hola, consulta directa con Radiología / Laboratorio
¿Cómo podemos ayudarte?